


Iniciamos el año 2025 con los siguientes cambios en el Impuesto de Sociedades para Pymes y Micropymes en 2025 y años siguientes.
El IS se caracteriza por ser un impuesto directo y personal que grava la totalidad de la renta societaria, independientemente de su origen geográfico, ya sea en territorio español o en el extranjero. La base imponible se calcula restando los gastos deducibles de los ingresos de la sociedad. A esta base imponible se le aplica un tipo impositivo, y tras aplicar bonificaciones y deducciones se obtiene la cuota líquida. Finalmente, se restan las retenciones y pagos a cuenta para determinar la cantidad a pagar por el impuesto.
Desde el 1 de enero de 2025, se mantienen las modificaciones introducidas en años anteriores, con algunos puntos destacados:
Tipos Impositivos aplicables a Pymes y Micropymes:
En 2025, el tipo impositivo general del Impuesto sobre Sociedades es del 25%. Sin embargo, existen tipos reducidos para diferentes tipos de empresas:
En 2025, tributarán al 21% por los primeros 50.000 euros de base imponible y al 22% por el resto.
En 2026, los primeros 50.000 euros tributarán al 19% y el resto al 21%.
En 2027, los primeros 50.000 euros tributarán al 17% y el resto al 20%.
En 2025, el tipo impositivo será del 24%.
En 2026, el tipo impositivo será del 23%.
En 2027, el tipo impositivo será del 22%.
En 2028, el tipo impositivo será del 21%.
En 2029, el tipo impositivo será del 20%.
Otros Tipos Impositivos Reducidos:
Entidades de nueva creación: Tributarán al 15% en el primer período impositivo con base imponible positiva y en el siguiente.
Obligaciones y Plazos:
Las sociedades deben presentar el Impuesto de Sociedades a través de los modelos 202 y 222 para los pagos fraccionados, y el modelo 200 para la declaración anual.
Modelo 202: Se utiliza para realizar el pago fraccionado del impuesto si se obtuvo un resultado positivo en la última declaración del modelo 200. Los pagos fraccionados se presentan en abril, octubre y diciembre.
Modelo 200: Es la declaración anual del impuesto sobre sociedades, que se debe presentar entre el 1 y el 25 de julio de cada año para empresas cuyo ejercicio económico coincida con el año natural.
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