El final de 2017 nos ha dejado algunas novedades publicadas en el BOE de 30 de diciembre, en relación —entre otras materias— con el salario mínimo interprofesional de trabajadores fijos y eventuales, o la revalorización de las pensiones.
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL:
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL TRABAJADORES FIJOS:
TRABAJADORES | DIARIO | MENSUAL | ANUAL |
Cualquiera sea su edad o sexo | 24,33 | 735,90 | 10.302,60 |
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL TRABAJADORES EVENTUALES:
Los trabajadores temporeros y eventuales cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días percibirán las siguientes retribuciones por jornada legal de trabajo:
TRABAJADORES | SALARIO POR JORNADA | SALARIO POR HORA |
Cualquiera sea su edad o sexo | 34,85€ | 5,76€ |
REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA 2018:
Desde el 1 de enero, se aplica con carácter general un incremento del 0,25% a las pensiones abonadas por dicho sistema, incluidas las derivadas de contingencias profesionales. Real Decreto 1079/2017, de 29 de diciembre.
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